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Con motivo del Día Internacional de Concienciación sobre el Ruido, que se celebra hoy miércoles, 24 de abril, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid ha elaborado una guía práctica que, a modo de pregunta-respuesta, soluciona las principales dudas que surgen en una comunidad de propietarios en materia de ruidos, según un comunicado del colegio.
La transmisión de ruido y vibraciones procedentes de vecinos ruidosos, instalaciones defectuosas, patologías en la edificación e incluso de inmuebles colindantes siguen siendo una de las mayores causas de conflicto en las comunidades de propietarios. Los administradores de fincas proponen hasta seis soluciones para afrontar el problema de los vecinos ruidosos.
Lo primero que debe hacer el propietario afectado es acudir a la vía del diálogo e intentar solucionar el problema. Ahora bien, en caso de insistir, tendrá que dirigirse al presidente de la comunidad para requerir al propietario que cese la actividad molesta.
Si prosigue con los ruidos, la comunidad de propietarios, convocada en junta, podrá entablar contra él una acción de cesación, en base al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal relativo a actividades molestas.
Esta acción contempla, una vez presentada la demanda y si la sentencia fuese estimatoria, la privación del derecho al uso de la vivienda por un tiempo no superior a tres años así como una indemnización de daños y prejuicios.
Un sonómetro
Para comprobar que supera los niveles de ruido y se extralimita en el horario establecido, deberá acudir a la normativa municipal existente en materia de protección del medio ambiente urbano, que determina los índices de ruido permitidos en cada franja horaria.
Con la finalidad de probar estos hechos, es conveniente encargar a una empresa de acreditación la medición mediante un sonómetro del nivel de ruidos para verificar si se vulneran los niveles permitidos y, en su caso, la emisión del correspondiente informe.
Fuente: El Mundo
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