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Rutinas, tareas y controles que debe realizar el director de obra durante la ejecución de los trabajos.

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A continuación, se describen algunas de las rutinas, tareas y controles que le corresponde realizar al Director de Obra (DO) durante la ejecución de la misma, y que se explican en el Documento C09 del MEPAanual del Ejercicio Profesional del Arquitecto: Acta de iniciación de los trabajos.

Con ella se deja constancia que la obra se inicia dentro del plazo establecido en el contrato. En ese acta se hace entrega del predio al contratista y la fecha de la firma es el punto de partida para el cómputo de los plazos para la terminación de los trabajos.

Acta de replanteo.
Es una tarea que debe realizar el constructor con elementos y personal propios, partiendo de los puntos fijos de planimetría y nivel definidos en la documentación de proyecto. El DO debe dejar constancia en el acta de replanteo de la fecha, medidas del terreno según replanteo del contratista, definición de los ejes y niveles. Y firmarla junto con el constructor.

Ordenes de servicio.
Siguiendo el tema comentado la semana pasada, la orden de servicio es el vehículo para que el DO registre, además de las órdenes propiamente dichas, toda otra comunicación al contratista que implique entrega de documentación, denegaciones, rechazos, etcétera.

Controles de materiales.
El DO debe ejercer controles adecuados sobre los materiales ya sean provistos por el contratista o por el comitente.

Controles de la mano de obra.
La conducción y control del personal es de competencia exclusiva del contratista. Para tranquilidad del comitente, se debe exigir a los contratistas copias de las presentaciones que efectúan ante las ART. El DO debe constatar el cumplimiento en tiempo y forma de la entrega al comitente de dichas documentaciones, pero no es de su competencia su revisión ni la constatación de su ajuste a la realidad, tarea que el comitente puede encomendar a expertos.

Control de los trabajos ejecutados.
El DO debe corroborar la concordancia entre los trabajos ejecutados y los proyectados. No es responsable de los incumplimientos del contratista pero tiene la obligación de rechazar los trabajos que presenten fallas y ordenar su demolición y nueva ejecución sin que ello otorgue al contratista una prórroga del plazo de ejecución.

Aplicación de sanciones.
Es conveniente que los pliegos de condiciones definan sanciones a aplicar a los contratistas por incumplimiento de sus obligaciones contractuales. El comitente es quien aplica las multas a solicitud del DO, razón por la cual se recomienda la consulta al comitente antes de la solicitud formal.

Reuniones de coordinación.
Cuando en una obra participan varios contratistas y subcontratistas, es conveniente realizar reuniones de coordinación con una periodicidad a establecer en cada caso.

Liquidación de los trabajos.
La valoración de los trabajos realizados a efectos de su pago por el comitente es una tarea que requiere atención pues los errores pueden afectar intereses del comitente o del contratista. Para ello, es necesario organizar planillas de liquidación que el contratista prepara y realizar la medición de los trabajos, en lo posible, conjuntamente con los contratistas. En función de las mediciones y los precios de su oferta, el contratista confecciona las planillas de liquidación.

Certificación de los trabajos.
Una vez revisadas y aprobadas las liquidaciones del contratista, la dirección de obra las remite al comitente emitiendo un certificado con el acuerdo para su pago.

Incumplimiento de los plazos por el contratista.
Se recomienda que el DO centre su atención en el seguimiento de las tareas críticas del plan de trabajo. Se sugiere, entonces, que el DO proporcione en término planos y documentos complementarios del proyecto, responda consultas y conteste notas de pedido. De manera de no dar motivos a los contratistas para que efectúen reclamos o soliciten prórrogas alegando acciones, demoras u omisiones de la Dirección de Obra. Cumpliendo lo expuesto, la Dirección de Obra no será responsable por los atrasos o incumplimientos de los plazos por parte del contratista.

Ampliaciones al plazo de obra.
Ante el pedido del contratista, la evaluación de las causas y la cuantificación de la prórroga, quedarán a juicio de la Dirección de Obra la que elevará al comitente los antecedentes con su opinión sobre el tema. Corresponde al comitente rechazar o conceder el pedido de prórroga.

Recepción provisoria.
Este acta debe ser suscrita por el comitente, el contratista y la Dirección de Obra por triplicado. Su fecha define el cumplimiento o incumplimiento del plazo de obra acordado. La recepción provisoria da lugar a la posesión del edificio por el comitente, quien a partir de esa fecha es responsable por su vigilancia y mantenimiento. A partir de ella, caducan los seguros y comienza el plazo de garantía que se extiende hasta la recepción definitiva de la obra.

Liquidación y certificado final.
Cumplida la recepción provisoria, el contratista presenta la liquidación final y el DO emite el certificado final de obra luego de, entre otras tareas, revisar todos los certificados emitidos durante la obra que hasta ese momento son provisorios y comprobar que no existan créditos a favor del comitente o del contratista.

Recepción definitiva.
Este acta debe ser suscripta por el comitente, el contratista y el DO. Previo a ello, se deben realizar varias tareas como verificar la correcta ejecución de los trabajos realizados para subsanar las observaciones registradas en el acta de recepción provisoria y las que se originaron durante el lapso de garantía, y la inexistencia de saldos pendientes resultantes del certificado final de obra. También es importante que el DO recomiende al comitente que encargue a un experto la verificación probatoria de que el contratista haya cumplido con sus obligaciones laborales y previsionales, y solicitar que exhiba evidencia de no mantener deudas con proveedores y subcontratistas. En la recepción definitiva, el comitente debe devolver al contratista las garantías oportunamente retenidas.

Fuente: Arq. Clarin
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