Ya no es necesario ser lindante para quejarse de ruidos molestos

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A partir de ahora cualquier vecino de una obra en construcción, sea lindero o no, estará también habilitado para denunciarla por ruidos por ruidos molestos si no se cumplen los horarios de trabajo. Es que la iniciativa que tiene como objetivo una modificación en la Ordenanza N 8137/07 y su decreto reglamentario N 1637/07 fue aprobada ayer por el Concejo Deliberante.
Para el propulsor del proyecto, el edil radical Martín Rosúa, ésta modificación que ahora contempla también a los vecinos no linderos, tiene por objeto prevenir, controlar y corregir la contaminación acústica que afecta a las personas vecinas, al medio ambiente y a las edificaciones protegiéndolos contra ruidos y vibraciones provenientes de fuentes fijas y móviles de las obras en construcción, así que como regular las actuaciones entre si, para consolidar la practica de las “normas de convivencia ciudadana”.
Los trabajos que contemplen cargas en las medianeras y/o muros linderos existentes que impliquen roturas y/o anclajes, como así también cualquier otro trabajo que genere ruidos molestos y vibraciones ocasionadas por fuentes fijas y móviles provenientes de las obras en construcción, deberán realizarse de 8 a 13 y de 15 a 19 hs. y queda expresamente prohibido realizar estas actividades los días domingos y feriados.
La falta de cumplimiento de esta reglamentación será considerado una falta, prevista en el Articulo 603-14 del Código d Faltas, y pasible de las penalidades allí establecidas. Asimismo, anoticiada la Guardia Urbana Municipal (GUM) por cualquier vecino de la obra en cuestión, sea lindero o no, y verificada la infracción por dicha autoridad, se procederá a labrar acta de todo lo actuado, la cual será remitida, conjuntamente con las actuaciones existentes al Tribunal de Faltas, y copia de las mismas a la Dirección General de Obras Particulares para su toma de razón. Asimismo, la GUM procederá a la paralización inmediata de las tareas realizadas en contraposición de lo dispuesto por la presente ordenanza.
Fuente: www.puntobiz.com.ar
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