Para evitar contaminación sonora y a partir de una ordenanza, desde esta temporada se multará a los conductores de vehículos que incurran en esta infracción.
La normativa regula la contaminación acústica y comenzará a aplicarse desde enero por parte de la Subsecretaría de Control Urbano, a través de las direcciones de Tránsito e Inspección General, y la transgresión a la misma será sancionada conforme lo estipulado en el Código de Faltas municipal (artículo 95), y disposiciones reglamentarias vigentes.
Se controlará, también, «la circulación y el estacionamiento de vehículos y/o motocicletas que utilicen equipos de sonidos que produzcan, causen o estimulen ruidos molestos, innecesarios o excesivos, configurando de tal manera una agresión sonora que conspira contra el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación acústica«, según señala la normativa.
La ordenanza fija el límite sonoro de reproducción de música hacia el exterior de los vehículos en 45 decibeles, mientras se encuentre estacionado o en circulación por el radio urbano.
El director de Inspección General, Sebastián De los Santos, dijo que la nueva ordenanza será aplicada desde esta temporada y explicó que «la música fuerte dentro de un vehículo es una inconciencia total para la conducción». «Te aísla de lo que pasa en el exterior y afecta el sistema nervioso central, por lo que disminuye la concentración y el conductor pierde reflejos; además como va en movimiento molesta por donde pasa», remarcó.
Ejemplificó: «Pasaron a las 3 de la mañana por tu casa, te despertaste sobresaltado por ese ruido potente y tal vez no te podés volver a dormir más».
Controles
El funcionario destacó que los ruidos molestos en general se sancionan aplicando la Ordenanza 8832/89, que se encuentra vigente. «Pero a mediados de diciembre el HCD aprobó una norma específica contra la contaminación acústica», precisó.
De los Santos advirtió que el área a su cargo junto a la Dirección de Tránsito, sumarán operativos contra la contaminación acústica utilizando decibelímetros. «Se medirá el sonido y si los valores exceden lo que fija la ordenanza (45 decibeles) se procederá como indica el Código de Faltas», señaló y agregó que «la norma aprobada contempla la retención del vehículo o moto en caso de reincidencia».
Similares a la ordenanza sobre contaminación acústica y la que se encuentra vigente sobre ruidos molestos en general en Gualeguaychú, existen legislaciones en otras lugares del país.
Municipios como el de la ciudad de Santa Fe cuentan con una «Guía del buen vecino» que apela a las buenas costumbres e intenta resolver algunos problemas antes de que pasen a mayores.
Esa legislación permite ruidos dentro del espectro de los 55 decibeles, entre las 6 y las 22 horas; y de 45 decibeles en el horario de las 22 a las 6.
No obstante, aún apela al decibelímetro y el uso de «brigadas» formadas por inspectores municipales y policías que realizan recorridos diurnos y nocturnos para constatar las denuncias que realizan los vecinos.
Las mediciones se toman desde el domicilio del vecino denunciante, y para aquellos que no cumplan con la normativa se procede a la notificación y multas fijadas por el Tribunal de Faltas Municipal.
El mismo procedimiento se lleva a cabo en Mendoza, la ciudad de Buenos Aires y Bahía Blanca, entre otras ciudades argentinas.
Contaminación acústica
Uno de los parámetros que determinan el bienestar es la calidad acústica del ambiente al que el individuo está expuesto, es decir, el nivel de presión sonora que percibe.
Si no hay control o los sonidos no se mantienen debajo de un límite determinado, son convertidos en ruido, el cual puede causar lesiones tanto fisiológicas como psicológicas. De dar con este tipo de escenario podemos decir que estamos en presencia de contaminación acústica.
Fuente: El Entre Rios
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