La Pampa: Una «trampa» del Estado que le está costando caro

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Cuando inspectores municipales frenaron el avance de los trabajos, increíblemente el director de Inspecciones firmó los planos como proyectista, calculista y director técnico. El ex intendente Alcala avaló todo.

Hay que remontarse a agosto de 2006 para contar la trama oculta de la maniobra «trucha» que alguien pergeñó desde el Estado para seguir adelante con la construcción del megaestadio, eludiendo el visto bueno del Consejo Profesional de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de La Pampa. Hoy, a cinco años y medio, hay que preguntarse si ese Estado cayó en su propia trampa y ahora debe asumir más responsabilidades técnicas y económicas que Inarco en la demora en la obra por la imposibilidad de colocarle el techo de 860 toneladas.

Doce días después de que el gobernador Carlos Verna le adjudicara la obra a Inarco por casi 30 millones de pesos, el 23 de agosto de 2006, un arquitecto de la empresa, Gustavo Sánchez, le envió una nota al director municipal de Planeamiento Urbano y Obras Particulares, Nelson Hernández, con dos juegos de 14 planos para «su correspondiente visación/aprobacion» y solicitó «pronto despacho» porque el inicio de los trabajos era inminente.

En ese texto de apenas cuatro párrafos, el profesional agregó un párrafo llamativo: «Dejamos aclarado que la firma correspondiente a proyecto está colocada por nuestra empresa sólo en el carácter de constructores de la obra y por solicitud expresa del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, quien es el propietario del proyecto, del cual de ninguna manera Inarco S.A. es autor intelectual del mismo».
Cinco días después, el 28 de agosto, en los folios 10 y 14 del expediente municipal (porque la misma documentación aparece en dos folios diferentes), pueden verse cuarto firmas llenando cinco casilleros en el primer plano del megaestadio, detallándose que el emprendimiento tendrá cuatro niveles, 24.302 metros cuadrados de superficie a construir y otros 76.762 libres.

El entonces director general de Obras Públicas y actual subsecretario, Julio Rojo, firmó como propietario en nombre del gobierno provincial; Sánchez lo hizo por Inarco como proyectista y constructor; el ingeniero civil de General Pico, Hugo René Ceresole, en condición de calculista; y Arnaldo Daniel Rodríguez, como director técnico. En ningún lado aparece el nombre de Adriana Kuntz Aza, la arquitecta que hace cuatro años demandó a la Provincia por considerarse autora del diseño original y que podría ganar una demanda de varios ceros. El argumento oficial es que ella había sido contratada simplemente para copiar el proyecto del estadio Boxing Club de Río Gallegos. Un jurado de idóneos ya dijo que no fue así.

¿Una nota de presión?

En noviembre de 2006, a los tres meses de que se presentara ese primer plano, y siguiendo la cronología del expediente, el director de inspecciones de la Provincia, Héctor Raúl Ameglio, le envió otra llamativa misiva a Hernández, con copia al intendente Nestor Alcala, debido a que un día antes inspectores comunales habían labrado el acta de comprobación Nº 1.555, dejando constancia que la obra del megaestadio no tenía autorización municipal.

El acta decía textualmente: «… infracción al Código de Edificación, ordenanza 1591/95 artículo 2-1-1, con construcción sin autorización municipal, se confecciona acta de paralización por construcción sin documentación autorizada (…) expediente 7213/06″.

Ese artículo está referido al «permiso o aviso de obra» e indica que debe solicitárselo al municipio cuando se construyan nuevos edificios; amplíen, refaccionen o transformen los ya construidos; efectúen demoliciones; cambien o modifiquen estructuras de techos; etc. En el último párrafo se añade otra obligación: «Todas estas tareas requieren la intervención de un profesional matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de la Provincia de la Pampa«.

Ameglio pareció mostrarse molesto frente a Hernández porque sostuvo que «la administración pública ya ha confeccionado la documentación que el acta declara faltante, cual es planos y demás documentos técnicos de la obra, y también ha realizado la presentación de la misma ante el municipio a fin de que se proceda a la liquidación de derechos y se otorgue el permiso de construcción respectivo».
Continuó: «Ello acaeció con fecha 28 de agosto del corriente año -presentación efectuada por la contratista de la obra, por cuenta y orden de esta Administración Pública-, mientras que a la fecha ese municipio no se ha expedido, motivado en que el Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura no ha procedido a la visación de planos».

«En consecuencia -concluyó Ameglio-, solicítole quiera tener a bien proceda a disponer la aprobación de planos y liquidación de los derechos de construcción, ello sin la visación por parte del Consejo atento al tiempo transcurrido desde su presentación (80 días). Tal requerimiento se fundamenta en que la documentación técnica presentada, y que se solicita aprobación, ha sido elaborada por la Administración Pública Provincial -independientemente de que su ejecución fuera por administración o por contrato con tercero-, con lo cual el trámite se encuentra exento del visado previo por parte del Consejo Profesional, tal como expresamente lo dispone el artículo 2º, in fine, de la Norma Jurídica de Facto 1.253».
Si fue una presión o no, solamente lo sabrá Ameglio; lo cierto es que buscó que la comuna visara el plano del gimnasio -sin el okey del Consejo-, con el argumento de que había sido confeccionado por el Estado, a pesar de que estaba firmado por un arquitecto particular. O sea, a priori, buscó no sólo violar el Código de Edificación sino también la NJF 1.253 que expresa que «los organismos de la Administración Pública no darán trámite a gestión técnica alguna si los planos, proyectos, tasaciones, informes técnicos y demás documentación que se presente, no están visados por el Consejo Profesional, de lo cual dejará constancia el funcionario actuante en el mismo expediente original y en las copias que se otorguen».

Intimación a Alcala.

En los mismos días en que esa nota ingresaba en los despachos de Alcala y Hernández, el 15 de noviembre, Kuntz Aza -cuyo proyecto no figura en el expediente municipal ni tampoco en el que se tramita en el Ministerio de Obras Públicas-, le mandó una carta documento al intendente intimándolo a que «ordene la inmediata suspensión de la obra en ejecución». Además advirtió que podría ampliar la demanda civil a la municipalidad.

¿Cuáles fueron los argumentos de la arquitecta? Que por ser ella la proyectista del megaestadio no avalaba el inicio de los trabajos ni cualquier modificación que introdujeran la Provincia o Inarco. Y remarcó que a esa fecha no se había cumplido con el artículo 2º de la NJF 1.253; o sea con el visado del Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura.

Haya sido esa presentación un alerta o no para las autoridades municipalidades y provinciales, lo real es que antes de que finalizara ese mes de noviembre, el miércoles 29, un segundo plano del megaestadio fue incorporado al expediente municipal en el folio 48 (ver aparte).
En ese plano Rojo volvió a firmar como propietario y Sánchez como constructor, pero Ameglio reemplazó con su firma las otras tres. El entonces director provincial de Inspecciones figura como proyectista, calculista y director técnico del megaestadio, cuando cualquiera que haya tenido alguna vinculación con el trámite sabe que él no proyectó, cálculo ni dirigió la obra.

No obstante, ese cambio de firmas -y acá se concretó la maniobra que alguien ideó desde el Estado- le dio pie al asesor jurídico de la Municipalidad y hoy defensor oficial del Poder Judicial, Andrés Aníbal Olié, para que apenas un día después, el 30 de noviembre, emitiera un dictamen manifestando que como la responsabilidad del proyecto había pasado de «un profesional dependiente de la firma constructora» al Estado provincial, ya no se requería el visado del Consejo Profesional porque el mismo artículo 2º que lo exige, también dice que «no se aplicará lo dispuesto en el presente artículo cuando la documentación haya sido elaborada por la Administración Pública».

Así, el megaestadio siguió construyéndose como si nada; aunque ni siquiera esa «ayuda» oficial ni las cinco extensiones de plazo que le otorgó el gobierno, le permitieron a Inarco terminar el gimnasio. Lleva un atraso de cuatro años y medio, no recibió sanciones y, lo peor, tampoco se sabe cuándo lo concluirá.

Pero aún podría haber algo más inquietante: si el Estado, para acelerar los tiempos y llegar a inaugurarlo durante los Juegos de la Araucanía de 2007, «truchó» el procedimiento administrativo en la Municipalidad, hizo firmar al ex director de Inspecciones y dijo que la documentación técnica fue elaborada por el Ministerio de Obras Públicas, ¿de quién es la responsabilidad de los malos cálculos que obligaron en 2008 a desmontar el techo y llevar su peso de 200 a 860 toneladas? En la documentación oficial que consta en el expediente dice que el calculista fue Ameglio.

Fuente: www.laarena.com.ar
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