
Análisis de contingencia técnica en expedientes complejos
26/05/2026

Existe una pregunta incómoda que rara vez aparece en los debates sobre el funcionamiento de la Justicia. Sin embargo, quienes trabajan habitualmente en litigios con fuerte contenido técnico terminan encontrándola tarde o temprano.
¿Qué mecanismos reales existen para verificar la idoneidad técnica específica de quienes producen la prueba sobre la que luego se apoyará gran parte de la decisión judicial?
La pregunta no apunta contra una persona determinada. Tampoco pretende cuestionar la honestidad o la buena fe de los auxiliares de justicia. Lo que intenta poner sobre la mesa es un problema mucho más amplio: la relación entre especialización técnica y producción de prueba en los procesos judiciales complejos.
Porque, nos guste o no, una gran parte de los litigios modernos ya no se resuelven exclusivamente en el terreno jurídico. Se resuelven también en el terreno técnico. Y cuando eso ocurre, la calidad de la prueba pasa a ocupar un lugar decisivo.
La pericia: el verdadero campo de batalla
Todo proceso judicial posee una estructura conocida. Mediación, demanda, contestación, prueba, alegatos, sentencia y eventual ejecución.
Sin embargo, cuando el conflicto involucra estructuras, construcciones, patologías edilicias, geotecnia, daños complejos, responsabilidad profesional o cuestiones científicas especializadas, existe una realidad que pocas veces se menciona con suficiente claridad: la etapa probatoria suele convertirse en el verdadero campo de batalla del proceso.
Las partes discuten la prueba.
Los alegatos giran alrededor de la prueba.
Las observaciones cuestionan la prueba.
Las impugnaciones intentan fortalecer o debilitar la prueba.
Y finalmente el juez debe valorar esa prueba para formar convicción.
Por eso la calidad técnica de una pericia no constituye un aspecto accesorio del expediente. Con frecuencia constituye uno de sus pilares centrales.
El expediente puede durar años. La pericia puede definirlo en meses.
Los procesos judiciales pueden extenderse durante años. Miles de páginas, recursos, incidencias, escritos y actuaciones terminan acumulándose dentro de un mismo expediente.
Sin embargo, muchas veces la cuestión central queda definida mucho antes.
La experiencia demuestra que, en numerosos litigios técnicos, buena parte de la discusión posterior gira alrededor de una pregunta extremadamente simple: ¿la prueba técnica fue sólida o fue deficiente?
Cuando la prueba es consistente, gran parte del debate posterior se ordena alrededor de sus conclusiones.
Cuando la prueba presenta debilidades metodológicas, omisiones relevantes o fundamentos insuficientes, todo el expediente comienza a girar alrededor de esas falencias.
Por eso resulta difícil exagerar la importancia de quien produce esa prueba.
La matrícula habilita. La especialización no.
Existe una confusión frecuente que pocas veces se discute abiertamente.
Se suele asumir que la matrícula profesional constituye una garantía suficiente de idoneidad para intervenir en cualquier asunto comprendido dentro de una profesión determinada.
Sin embargo, la realidad demuestra exactamente lo contrario.
La matrícula habilita el ejercicio profesional. La especialización es otra cosa.
Un arquitecto puede encontrarse perfectamente habilitado para ejercer y, al mismo tiempo, no poseer experiencia específica en excavaciones profundas, interacción suelo-estructura, patologías complejas, geotecnia o fundaciones especiales.
Del mismo modo, un ingeniero puede contar con una trayectoria impecable en determinadas áreas y carecer de antecedentes concretos en otras.
Esto no constituye una crítica. Es simplemente una consecuencia natural de la creciente complejidad de las disciplinas técnicas.
A medida que los problemas se vuelven más sofisticados, la experiencia específica adquiere cada vez mayor relevancia.
Y precisamente por eso la especialización no debería confundirse con la mera habilitación profesional.
¿Qué controla realmente el sistema?
Los sistemas de designación de auxiliares de justicia buscan transparencia. Y eso es correcto.
La transparencia es indispensable.
Pero la transparencia, por sí sola, no resuelve el problema de la especialización.
El sorteo garantiza imparcialidad en la asignación. Sin embargo, no necesariamente garantiza experiencia específica, antecedentes equivalentes, publicaciones técnicas, formación continua o trayectoria concreta en materias complejas.
La pregunta entonces se vuelve inevitable.
Si una pericia puede influir decisivamente sobre el patrimonio de una familia, la continuidad de una empresa, la responsabilidad profesional de una persona o el resultado económico de un litigio, ¿qué mecanismos verifican la adecuación técnica entre el problema concreto y el profesional designado para analizarlo?
La respuesta suele ser mucho menos clara de lo que debería.
Cuando la discusión llega tarde
Existe además una paradoja difícil de ignorar.
La discusión sobre la capacidad técnica específica del perito suele comenzar cuando la pericia ya está presentada.
Es decir, cuando el principal acto técnico del expediente ya ocurrió.
Recién entonces aparecen las observaciones, las impugnaciones, los pedidos de explicaciones, las ampliaciones y las críticas metodológicas.
Pero para ese momento el informe ya ingresó al expediente.
Ya comenzó a influir sobre la estrategia de las partes.
Ya condicionó el debate.
Ya empezó a participar en la formación de convicción.
La pregunta inevitable es si no estamos discutiendo demasiado tarde algo que debería haber sido evaluado mucho antes.
¿Estamos evaluando antecedentes o simplemente sorteando nombres?
Esta pregunta puede resultar incómoda. Pero precisamente por eso merece ser formulada.
Porque una cosa es garantizar imparcialidad y otra muy distinta garantizar competencia específica.
Nadie pretende que el sistema abandone los mecanismos de transparencia. Lo que se discute es si la transparencia resulta suficiente cuando el conflicto exige conocimientos altamente especializados.
Cuando un expediente involucra fenómenos complejos de interacción suelo-estructura, patologías edilicias avanzadas, cálculos estructurales, procesos constructivos especiales o cuestiones técnicas de alta complejidad, la experiencia específica deja de ser un detalle.
Se transforma en un requisito esencial para la calidad de la prueba.
Y allí aparece una pregunta que el sistema todavía parece responder de manera insuficiente: ¿estamos seleccionando especialistas o simplemente estamos sorteando nombres?
El problema no es el profesional. El problema es el sistema.
La crítica más fácil sería personalizar.
Buscar nombres.
Buscar responsables individuales.
Buscar casos concretos.
Sin embargo, esa mirada corre el riesgo de simplificar una cuestión mucho más profunda.
El verdadero problema es institucional.
Un sistema puede estar integrado por profesionales honestos, responsables y bien intencionados y, aun así, presentar debilidades estructurales que afecten la calidad final de la prueba producida.
La cuestión central no es quién intervino en un expediente determinado.
La cuestión central es si los mecanismos existentes resultan suficientes para garantizar que la persona designada posea la experiencia específica que el caso requiere.
Porque el azar puede ser transparente.
Pero la transparencia no siempre garantiza excelencia técnica.
Una pregunta incómoda para la Justicia
Quizás haya llegado el momento de formular una pregunta que excede a los peritos, a los abogados y a las partes. Si la etapa probatoria constituye el corazón de los litigios técnicamente complejos.
Si las pericias pueden influir decisivamente sobre patrimonios, viviendas, empresas, profesiones y proyectos de vida. Si buena parte de las discusiones posteriores giran alrededor de la calidad de la prueba producida.
Entonces, ¿por qué la especialización específica de quienes producen esa prueba continúa ocupando un lugar tan secundario dentro del sistema?
Tal vez la verdadera discusión no sea quién salió sorteado.
Tal vez la verdadera discusión sea si estamos haciendo todo lo posible para que la prueba técnica más importante de un expediente sea producida por quien realmente posee la experiencia necesaria para hacerlo.
Porque cuando una pericia adquiere capacidad para influir decisivamente sobre el destino de un juicio, la calidad de quien la produce deja de ser una cuestión individual. Se transforma en una cuestión institucional.
Y tarde o temprano, la Justicia deberá decidir si alcanza con sortear profesionales o si ha llegado el momento de comenzar a seleccionar especialistas.
Esta reflexión no surge desde una discusión teórica.
Durante años, desde Arquitectos de Abogados (AdeA), hemos intervenido en expedientes vinculados con daños edilicios, excavaciones, patologías constructivas, conflictos entre linderos, estructuras, fundaciones, vicios ocultos y responsabilidad profesional.
La experiencia deja una enseñanza recurrente: cuando los problemas técnicos son complejos, la calidad del análisis pericial puede terminar condicionando gran parte del destino del expediente.
Porque los fenómenos más complejos rara vez admiten explicaciones simples. En estructuras, geotecnia, interacción suelo-estructura o patologías edilicias, las conclusiones categóricas suelen ser menos frecuentes que las hipótesis concurrentes, las incertidumbres y los procesos multicausales.
Precisamente por eso la experiencia específica deja de ser un atributo deseable. Se transforma en una necesidad.
Arq. Teodoro Rubén Potaz
Arquitectos de Abogados
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