Lo dice la pericia oficial realizada por ingenieros de la UNC. La fiscalía podría cambiar la acusación contra los imputados.
La causa principal de colapso del edificio de la Cooperativa Obrera «deviene de la baja resistencia del hormigón que compone las columnas» que cedieron, dice el informe oficial según se conoció ayer. Esta novedad podría beneficiar la situación de los tres imputados. Ayer mismo el fiscal Marcelo Jara anticipó que «tenemos que analizar si continuamos con la misma calificación legal o si corresponde encuadrar esto en otra figura legal, que puede ser culposo y no doloso«.
Jara dijo que antes de conocerse el resultado de esta pericia, elaborada por ingenieros de la Universidad Nacional del Comahue, «teníamos una multiplicidad de factores que podrían haber llevado al colapso. Ahora queda encuadrado en un aspecto más concreto«.
La pericia oficial cambia el foco. «Sólo se observan deficiencias en estas columnas y no en el resto de la obra», indicó el fiscal a la prensa. «Sin duda hay claramente una negligencia», añadió.
Las columnas no resistieron el peso de la obra nueva y colapsaron provocando la muerte de Juan, Tiago y Fedra Yáñez, Evans Aguilar y Lorena Ockier, Carlos Arrigoni e Ida Martínez. Hubo también más de 20 heridos.
El Poder Judicial encargó la pericia oficial a la facultad de Ingeniería de la UNC. Al pedido de «determinar las principales causas que condujeron al colapso del edificio«, la respuesta fue: «La causa principal de colapso deviene de la baja resistencia del hormigón que compone las columnas que integran los pórticos resistentes principales, en particular de las columnas centrales CC1 a CC6, en relación a las cargas transmitidas por el propio peso de la estructura y los elementos no estructurales colocados sobre la losa«. Lo firman el decano Daniel Boccanera y los ingenieros Rossana Jaca, Marcelo Baylac, Javier Buraschi y Sergio Paganini.
La fiscalía no descarta pedir una ampliación con aclaraciones sobre algunos puntos antes de definir su estrategia a futuro. Si cambia la acusación de un delito doloso a otro culposo, la eventual pena en caso de responsabilidad de los imputados será sensiblemente inferior. Además se desvanece la posibilidad de llevar el caso ante un juicio por jurados, como se había planificado, porque ese modo de juzgamiento está reservado sólo para los delitos penados con 15 años de prisión o más
Fuente: www.rionegro.com.ar
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