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Vecinos de Playa Grande enviaron a la redacción de 0223.com.ar una nota en la cual denuncian la “absoluta inacción” del gobierno de Pulti respecto de la supresión de los ruidos molestos que provocan los automóviles y motos que en esa zona se dan cita (entre otras infracciones como circular a contramano, motos sin casco, motos que circulan por las veredas, picadas ilegales y estacionamiento en lugares prohibidos).

Sr. Director:
A lo largo de los dos últimos años , los vecinos que vivimos sobre la costa de la ciudad de Mar del Plata , fundamentalmente en el sector de Playa Grande , Playa Chica y sus aledaños , nos hemos quejado reiteradamente ante las autoridades municipales de la más absoluta inacción respecto de la supresión de los ruidos molestos que provocan los automóviles y motos que allí se dan cita (entre otras infracciones como circular a contramano , motos sin casco , motos que circulan por las veredas, picadas ilegales, estacionamiento en lugares prohibidos ,etc.etc.etc.etc. …. ).

Estos ruidos molestos impiden el descanso de los contribuyentes que somos en definitiva quienes pagamos a los funcionarios de la Municipalidad para que hagan cumplir las normas jurídicas en vigencia.

El colmo llegó días atrás, cuando en una larga serie y descripción de “miles” de infracciones y contravenciones labradas (supuestamente), vemos con sorpresa que ninguna de ellas ha sancionado los ruidos molestos que diariamente provocan motos y autos con escapes adaptados (parece una broma , no?).

Pero, como un corolario de lo anterior, fuimos informados desde el Tribunal de Faltas que no existen sanciones aplicadas respecto de estas contravenciones ( ésa es la frutilla del postre ).

Parece ser – entonces – que la norma jurídica ( que se presume conocida por todos ), y mucho más por los encargados de aplicarla , en este caso , es desconocida por la Directora de Tránsito , que no infracciona este accionar contravencional como así tampoco lo hacen quienes de ella dependen (se desconoce la causa).

Para evitar que siga desconociendo la norma y para que no caiga en la omisión de cumplimiento de los deberes que la mencionada funcionaria , así como sus superiores jerárquicos , están obligados a cumplir como funcionarios públicos ( arts.249 y sus conos. del Código Penal ), nos hemos tomado el trabajo de recopilar qué disponen las normas jurídicas al respecto.

Veamos:

ORDENANZA Nº 12033
Artículo 1º .- Modifícase el artículo 56º de la Ordenanza 4544, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 56º .- Será penado con multa del 1% al 100% y/o clausura de hasta 60 días y/o decomiso y/o secuestro y/o arresto hasta 30 días, La producción, estímulo o provocación de ruidos molestos de cualquier origen, cuando por razones de hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad, se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad y reposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza, que se produzcan en la vía pública, plazas, parques, paseos ………… El carácter perturbador, molesto o perjudicial del ruido se presumirá, sin admitirse prueba en contrario, cuando se comprobare: Inc. d) .- La habilitación o circulación de vehículos automotores sin silenciadores de escape o que posean silenciadores deficientes o insuficientes

ORDENANZA Nº 12032
Artículo 5º. Considérase que causa, produce o estimula ruidos molestos con afectación a la población :-a) La circulación de vehículos de tracción mecánica desprovistos de silenciador de escape, con el mismo en mal estado o con escape libre de gases. d) Las aceleradas a fondo, calentar o probar motores a altas revoluciones en la vía pública. çArtículo l2º.- La Municipalidad del Partido de General Pueyrredon adopta como propio el Artículo 28º de la Ley 11.430 y/o aquella norma que en el futuro la reemplace.

Art. 28º Ley 11.430: PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE ARTICULO 28: Con la finalidad de preservar la seguridad pública y el medio ambiente, “ningún automotor deberá superar los límites reglamentarios de emisión de ruidos”…… “durante su tránsito por la vía pública”………..

Con lo que hasta aquí hemos descripto, esperamos que a partir de ahora la ex campeona de patín carrera, devenida Directora de Tránsito Municipal por decisión de nuestro Intendente (desconociendo la idoneidad de la funcionaria – conf. Art.16 de la Constitución Nacional – para el cargo), tome conocimiento que bajo sus incumbencias se encuentra también sancionar los ruidos molestos y actúe en consecuencia.

Terminamos diciendo que con fecha 31 de mayo de 2011, presentamos al sr. Intendente Municipal una nota (con copia de muchas y variadas presentaciones anteriores ), en la que pedíamos soluciones, presencia municipal, reductores de velocidad, etc.

La nota está firmada por vecinos comerciantes, trabajadores, profesionales , magistrados, empresarios , etc.etc. Su resultado: El de toda petición ante la Comuna: la nada, el silencio, la falta de respuesta, el desinterés. Características esenciales que lamentablemente hacen que hoy una buena parte de la ciudadanía marplatense haya rebautizado al partido político que gobernará por cuatro años más como el partido de la Inacción Marplatense.

Dr. Jorge Fernández Montever
Fuente:  www.0223.com.ar
Link: Ver Nota

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2 Comments

  1. […] “Estos temas, muchas veces por ignorancia y en otros casos por espurios intereses económicos han … […]

  2. […] de Playa Grande denunciaron los ruidos molestos que generan los autos con escapes libres y recalcaron que la Dirección de Transporte y Tránsito […]

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