Condena por dejar inconclusa una obra – Arquitecto deberá indemnizar a un cliente

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Un arquitecto que debía realizar la refacción de una vivienda en seis meses y abandonó las obras antes de terminar el trabajo fue condenado a pagar alrededor de 250.000 pesos de indemnización al propietario del inmueble, informaron fuentes judiciales.

La sentencia fue dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que destacó que -según los peritajes- los trabajos parciales que se habían realizado en la unidad, situada en el pasaje La Facultad 1796 de esta ciudad, tenían además fallas estructurales.

Las condiciones de las tareas por realizar en el inmueble, como las fechas de comienzo y de conclusión de la obra y la forma de pago y los materiales por emplear, habían sido plasmadas en un convenio firmado el 1° de agosto de 2005 entre el profesional y el dueño de la vivienda, destaca el fallo.

La Sala K de la Cámara recordó que el cliente había cumplido con todos los pagos a los que se había comprometido según el avance de los trabajos y que la obra debía estar totalmente terminada y «lista para ser habitada» en 180 días.

Los camaristas Lidia Hernández y Oscar Ameal dijeron, además, que en el local situado en la planta baja del inmueble refaccionado se produjeron daños «atribuibles a la ejecución de la obra«.

Según un informe pericial, «no existen planos conforme a la obra, ni de subdivisión en propiedad horizontal«, a lo que también se había obligado el arquitecto que hizo las veces de proyectista, director de obra y constructor. Tampoco se comprobó la existencia de documentación o trámites vinculados con las instalaciones sanitarias, eléctricas o de gas.

El deber de obrar

«Tratándose el demandado de un profesional de la construcción debe también seguirse la directiva del Código Civil que establece que, cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos», consideraron los camaristas.

La Sala K evaluó los pagos efectuados por el propietario para fijar en 93.458 pesos el monto de la reparación económica por la obra inconclusa y con defectos, más un alquiler de 2350 pesos mensuales por el tiempo que transcurrió desde la fecha en la que la unidad debió ser entregada para su ocupación.

Fuente: La Nacion
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