El propósito del proyecto de Ordenanza presentado por Irma Haneck busca desalentar los ruidos molestos provocados especialmente por los vehículos con escapes abiertos o equipos de sonido con excesivo volumen al transitar por la ciudad. Las multas irán desde los 2.000 hasta los 10.000 pesos. Además se obligará a restituir los componentes originales al automóvil para que vuelva a circular.
No obstante, si Goye decide aumentar el módulo fiscal a 5 pesos –como anunció durante el año- las cifras trepan hasta 25.000 pesos en caso de la máxima pena. La iniciativa también prevé incorporar conceptos como “ruidos irrazonables” estipulados por la OMS y dejar en manos de los inspectores la interpretación de la norma ante la falta de equipamientos en las dependencias municipales.
Por iniciativa de la edil Irma Haneck (SUR), con el acompañamiento de la letrada Bárbara Figueirido, el cuerpo de concejales tratará un proyecto de Ordenanza para “prevenir los ruidos molestos, superfluos o extraordinarios” en el ejido. La normativa contempla cualquier ruido realizado por una persona, animal o elemento que perturbe la tranquilidad o el reposo del lugar en el que se origine.
No obstante, a medida que se avanza en la lectura del texto se observa que el espíritu de esta iniciativa apunta a los ruidos provenientes de los equipos de audio y los ya reconocidos escapes “libres” que abundan en la ciudad.
Sin embargo la suerte no acompañará a los dueños de rodados con ruidosos escapes ya que, a partir de la sanción del texto en cuestión, quedará prohibido alterar los escapes originales para aumentar el nivel de emisión sonora y simular autos de mayor potencia.
Multas
Para ambos casos se incluyen importantes sanciones ya que quienes excedan los niveles de ruido deberán abonar una multa de 2.000 pesos (1.000 módulos fiscales), con la consecuente retención “preventiva” del vehículo y el pase a disposición del Juez de Faltas por el tiempo que este determine necesario.
Básicamente se trata de asegurar que el vehículo vuelva a las calles sólo si lo despojan de ese tipo de modificaciones que perturban a miles de vecinos.
En este punto cabe mencionar que el proyecto prevé ajustarse a cualquier incremento del módulo fiscal que, según anunció Goye a comienzos de año, podría ascender a 5 pesos. De esta forma las penas económicas partirían de los 5000 pesos y treparían hasta los 25.000 pesos.
Pero la normativa endurece aún más la postura de la municipalidad ya que, en caso de reincidir en la misma infracción o de colocar nuevamente un escape alterado, se pasaría a la confiscación del vehículo para quitar en carácter “forzoso” los sistemas que se encuentren en infracción y que sean “destruidos” o donados a alguna institución de bien público para otros usos. Y por si esto fuera poco, al momento de la restitución del rodado, el titular deberá abonar –además de la multa impuesta- las sumas correspondientes al acarreo y depósito del mismo.
Motivos
Entre las principales consecuencias se mencionan los trastornos del sueño, circulatorios y cardíacos; afectando además la capacidad de relacionarse socialmente e incrementando los niveles de violencia al producir stress y debilitar el sistema inmunológico.
“Existe suficiente evidencia debidamente fundada en estudios epidemiológicos de gran escala para vincular la exposición de la población al ruido medioambiental con efectos gravemente adversos para la salud humana, por lo que la polución sonora debe ser considerada un genuino problema de salud pública antes que una mera molestia”, explica la autora a partir de una serie de informes mencionados.
Parámetros
Si bien el texto es lo suficientemente claro para conocer la intención de fondo, también deja definiciones de avanzada respecto a la normativa existente y plantea conceptos que incluso resultan “modernos” para la medicina tradicional.
También se suma la situación de los conductores con escapes libres o con equipamientos acústicos de gran potencia que pueden modificar el volumen al momento de la medición para que ésta arroje valores ubicados dentro de los parámetros considerados “normales”.
Es por ello que Haneck se apoya en la legislación municipal que se orienta en primer término “a facilitar la convivencia en la ciudad y que por ello está fundamentalmente dirigida a los seres humanos que son sus habitantes”. De esta manera se permite dejar de lado las mediciones habituales dado que resultan “insuficientes”.
Incluso se refiere al “Código del ruido” que se aplica en la ciudad de Nueva York desde el 2007, en el que se hace uso de una formulación genérica sujeta a la apreciación de la autoridad de aplicación. En este sentido también aporta el concepto de “ruido irrazonable”, entendiendo que se trata de aquellos sonidos que resulten audible para cualquier persona que se encuentre a una distancia de aproximadamente 8 metros de distancia desde la fuente de emisión.
Normativa disponible
Otra situación que suele considerarse bastante “común” también se ubica entre las prohibiciones: “Prohíbase asimismo a las casas que vendan artículos musicales o aparatos de tal índole, colocar equipos altavoces al exterior del negocio, como así también cualquier otro sistema que pueda utilizarse para la transmisión de música, canto o pregón a la vía pública o propiedades linderas. Los aparatos existentes para tal fin en el interior del local deberán funcionar a un nivel de volumen que no originen molestias a los vecinos”.
No obstante, la ciudad continúa en franco crecimiento y los ruidos pasaron de ser molestos a “intolerables” por los vecinos de la ciudad. Esta situación se encuentra mencionada por la Carta Orgánica Municipal en su artículo 181, dentro de las “Políticas generales de medioambiente”, obligando a la reglamentación de “prevención de ruidos molestos”.
En otras ciudades
La legislación en aquella localidad permite ruidos dentro del espectro de los 55 decibeles, entre las 6 y las 22 horas; y de 45 decibeles en el horario de las 22 a las 6.
No obstante, aún apela al decibelímetro y el uso de “brigadas” formadas por inspectores municipales y policías que realizan recorridos diurnos y nocturnos para constatar las denuncias que realizan los vecinos.
Las mediciones se toman desde el domicilio del vecino denunciante, y para aquellos que no cumplan con la normativa se procede a la notificación y multas fijadas por el Tribunal de Faltas Municipal.
El mismo procedimiento se lleva a cabo en Mendoza, la ciudad de Buenos Aires y Bahía Blanca, entre otras ciudades argentinas.
Fuente: www.elciudadanobche.com.ar
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