Mayor control en los edificios – Las construcciones porteñas deberán tener un certificado de seguridad

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Polémica por las incumbencias

En estos días entrará en vigencia una nueva disposición dictada por la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (DGDYPC) que establece el régimen de Certificación de Edificio Seguro. Un profesional deberá controlar, y dejar asentado en un libro, si un edificio cumple con todas las normativas vigentes en el ámbito de la Ciudad. Según la Disposición 5363/DGDYPC/10, los únicos profesionales habilitados para realizar la certificación son licenciados, ingenieros y técnicos con posgrado en Higiene y Seguridad.

En ese contexto, el Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) presentó un recurso de consideración por entender que la disposición no considera las incumbencias profesionales de ingenieros, arquitectos y maestros mayores de obra. “El CPIC no se opone a la propuesta de certificar seguridad, sólo objeta la incongruencia de esta disposición”, dice el recurso. Y agrega que los profesionales de la ingeniería civil son excluidos por esta norma del control de los edificios que están habilitados a construir.

“Todas las licenciaturas, carreras de grado de ingeniería o tecnicaturas, o bien posgrados relacionados con la Higiene y Seguridad siempre se refieren a la ‘Seguridad e Higiene en el Trabajo’”, aclara el ingeniero Roberto Policichio, secretario del CPIC. Para las autoridades del Consejo esa aclaración no es menor, pues todos los títulos referidos a Higiene y Seguridad en nuestro país se orientan al ámbito laboral, no así con relación a los terceros afectados por las obras o construcciones e instalaciones.

En rigor, la nueva disposición no incorpora nuevas exigencias en materia de seguridad pero sí empuja a resolver irregularidades relativas a instalación de matafuegos, iluminación de emergencia, plan de evacuación, habilitación de calderas, limpieza de tanques y conservación de ascensores y de fachadas.

En caso de no cumplimiento con alguna normativa, en el informe inicial el profesional debe establecer un plazo máximo de 180 días para efectuar las medidas correctivas correspondientes. Además, periódicamente se deben realizar inspecciones hasta la obtención del Certificado de Edificio Seguro .

El recurso presentado por el CPIC a pocos días de publicada la disposición también hace referencia al trabajo desarrollado por el Foro Edificio Seguro , creado en 2007 y con amplia participación de casi todos los consejos y asociaciones de profesionales vinculados a la construcción y del que incluso participan varias dependencias del gobierno porteño.

El Foro no se limita únicamente a una constatación de cumplimientos normativos. Ha desarrollado documentación técnica , gestión administrativa, acreditación de profesionales evaluadores y de empresas de construcción y servicios, por medio de ocho protocolos que permitirían evaluar la acreditación de los edificios en materia de seguridad.

Fuente: www.clarin.com
Por PAULA BALDO
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2 Comments

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