Cuando te tiran la casa sin tocarte el timbre

Cuando el saber técnico se vuelve inteligencia aplicada
24/06/2025

El infierno no son los edificios: son algunos vecinos

Compró la casa con esfuerzo. Era vieja, sí, pero tenía potencial. Estaba dentro de un PH deteriorado, sin administración ni reglas claras, como tantos en la ciudad. Lo primero que hizo fue intentar habitarla: arreglar el baño, impermeabilizar la terraza, reforzar una escalera. Nunca imaginó que lo que no pudo derrumbar el paso del tiempo, lo derrumbarían otros, con denuncias, clausuras y martillos.

No hubo juicio. No hubo mediación. Solo una denuncia. Y después una clausura. Y después la faja sobre la puerta, como si el delito fuera querer vivir en tu propia casa. A partir de ahí, lo que era reforma se convirtió en resistencia: llamadas a la policía, insultos de pasillo, carteles en la fachada pintados con aerosol. Y después, el silencio. El abandono. Y por último, la demolición de tres paredes, ejecutada por alguien más. Sin permiso. Sin plano. Sin pudor.

Hoy esa casa no se puede habitar. Tampoco se puede vender. Es una ruina simbólica. Un PH con nombre borrado.

Lo que está mal – Jurídica y estructuralmente

Como arquitecto legista, he seguido este caso desde su inicio. Y lo que ocurrió es inaceptable.
La obra clausurada no afectaba estructura alguna. Se trataba de mejoras interiores, preventivas, necesarias. La clausura fue aplicada de forma abrupta y sin vía de regularización. El ingreso a la vivienda fue impedido físicamente, cuando no existía riesgo alguno ni resolución judicial que lo avalara. El Código de Edificación no autoriza clausurar un PH habitado sin causa de seguridad grave. Lo que siguió fue aún peor: actos de hostigamiento, amenazas, y finalmente una demolición parcial por terceros. Un delito tipificado como daño, que ni siquiera fue detenido en el momento.

Desde el punto de vista legal:
– Las intervenciones estaban dentro de los derechos del propietario.
– La denuncia vecinal debió canalizarse por vías formales y no por imposición.
– El inmueble fue destruido mientras el Estado y el consorcio miraban para otro lado.
– La Ley 451 prescribe sanciones a los dos años. El Código Civil exige buena fe. Ninguna de estas condiciones se respetó.

No hubo administración que actúe. No hubo mediación previa. No hubo límites para el abuso. Esto no es un conflicto de medianera. Es un conflicto de poder, donde el silencio administrativo se convierte en complicidad.

La ciudad no está hecha solo de ladrillos

Este no es un caso aislado. Es una postal de lo que pasa en cientos de PH sin gobierno, sin planos, sin comunidad. El abandono institucional se disfraza de normativa, pero detrás de cada faja de clausura hay una persona desalojada de hecho. Detrás de cada cartel que dice “A refaccionar” hay alguien que fue obligado a irse.

Esta nota no busca resolver el problema. Busca nombrarlo.
Porque una casa se puede reparar.
Pero cuando te tiran la casa sin tocarte el timbre, lo que se quiebra es otra cosa.
Y esa no prescribe.

Marco legal y jurisprudencial

El derecho del propietario en propiedad horizontal está consagrado por el Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 2046 a 2052), que permite realizar mejoras interiores mientras no se afecten bienes comunes ni derechos de terceros.

La Ley 451 de la CABA establece que las infracciones administrativas prescriben a los dos (2) años desde su notificación, por lo cual toda acción estatal posterior a ese plazo deviene inválida.

El Código de Edificación exige que las clausuras edilicias se funden en riesgo cierto e inminente, y que el acceso a la unidad debe preservarse salvo casos extremos, con orden fundada.

Jurisprudencia en causas civiles y contenciosas ha reconocido que la imposición de barreras físicas sin resolución judicial, la obstaculización del derecho de uso o la demolición arbitraria por terceros configuran abuso de derecho, daño temido y lesión a la propiedad privada (arts. 9 y 10 CCCN).


Por Arq. Teodoro Potaz

Arquitecto Legista – Fundador de Arquitectos de Abogados

Arquitectos de Abogados
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Consultas profesionales, informes periciales, mediaciones técnicas y asesoría integral.
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