Colapso y Desprendimiento – Conclusión sobre el Estado de Ruina del Edificio.

Fiscalización de obras – Obleas de Programa de Regulación y Control de Ascensores y mantenimiento.
12/02/2010
Pericias de Parte – Consultor Técnico: Perito de Parte
16/02/2010
 
Atendiendo a al artículo 90 de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística, en el que se define la situación legal de ruina como aquella en que se dé, que el costo de las reparaciones necesarias para devolver la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural a un edificio o construcción manifiestamente deteriorado o para restaurar en ella las condiciones mínimas que permitan su uso efectivo, supere el deber normal de conservación calculado, en el cual se regula el deber normal de conservación y rehabilitación y se establece que se entenderá que las obras a realizar exceden del límite del deber normal de conservación cuando su coste supere la mitad del valor de una construcción de nueva planta con similares características e igual superficie útil que 1a preexistente realizada en las condiciones imprescindibles para autorizar su ocupación.
 
Valor nueva edificación.-
50% Valor nueva edificación.-
Costo obras de conservación.-
 
De los datos obtenidos se desprende que el edificio se encuentra en situación legal de ruina.
 
 
De lo anteriormente expuesto se deduce que procedería la demolición, pero esta no debería llevarse a cabo, ya que como queda dicho y así se ha valorado, se trata de un edificio de gran valor ambiental.
 
 
Es necesaria la adopción de medidas provisionales mientras el edificio siga sin uso.
 
Podemos considerar que el forjado se comporta de forma no unitaria, produciéndose sucesivamente el agotamiento de sus viguetas, de manera no solidaria, y ello debido a que son elementos de gran deformabilidad y no se detectan elementos de trabazón perpendiculares a la dirección de las viguetas que las hagan trabajar de forma conjunta.
 
Así mismo, podemos estimar que el edificio es capaz de absorber las sobrecargas de uso movilizando los recursos secundarios de transmisión de cargas (tabiquerías, arcos de descarga.), aunque no conviene prolongar esta situación durante mucho tiempo
 
Se propone la adopción de las siguientes medidas provisionales.
Inspección del edificio mientras este siga sin uso, con una frecuencia al menos semanal, procediendo al apuntalamiento de los elementos que pudieran requerirlo, incrementando el número de puntales si fuera necesario.
 
Evitar cargas puntuales tales como visitas, almacenamiento de material, etc.
 
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3 Comments

  1. […] Origen y características de las fisuras en los revoques. Cómo evitar las marcas de unión entre viguetas, desprendimientos y englobamientos en los cielo […]

  2. […] Suprema reconocieron que los edificios de esos juzgados están con sobrepeso y en situación de colapso por la enorme cantidad de expedientes que acumulan: más de 400.000 . Entonces reclaman “que la […]

  3. […] recientemente, desestimó la denuncia y concluyó que “el edificio en su conjunto no presenta riesgo de colapso estructural, ya que las patologías observadas no afectan la estructura, encontrándose, por lo tanto, apto en […]

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