Entre otros puntos, la norma prohíbe la instalación de locales bailables a menos de 200 metros de hospitales y salas velatorias.
La Comuna capitalina se propuso regular la actividad nocturna. Para ello decidió reformular algunos puntos del Código de Nocturnidad. La iniciativa fue analizada por distintos sectores de la sociedad y luego aprobada por el Concejo Deliberante. En las últimas horas el Intendente promulgó esta Ordenanza que prohíbe, entre otros, el uso y funcionamiento del sonido amplificado y la música en vivo en domicilios particulares, además del secuestro de equipos de sonido para quienes no cumplan con esta disposición.
La norma obliga, además, a todo local bailable a identificarse como zona de contaminación acústica y a la Administración y los juzgados de Faltas a informar detalladamente a los denunciantes del estado de toda causa relacionada con la producción, emisión o inmisión de ruidos molestos.
Fuente: Radio Sudamericana / Época
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