Son varios los motivos por lo cual se producen derrumbes en los edificios y no siempre la culpa se debe a las falencias en la construcción, sino, en el caso de los balcones influye mucho la sobrecarga.
En los últimos meses se derrumbaron partes de estructuras de varios edificios, más precisamente en la Ciudad de Buenos Aires, con pocas semanas de diferencia, lo que creó cierta alarma.
Hace tiempo que se viene colaborando con entidades públicas y privadas en la averiguación de las causas que producen la patología y el colapso de los edificios.
Las causas inductoras del fallo pueden ser variadísimas y cuando se trata de un edificio en rehabilitación, su relación con las obras es frecuentemente significativa.
Un edificio puede mantenerse en pie y operativo a lo largo de todo el período previsto de vida útil, sin colapsar, aunque tuviera ciertos defectos de construcción. Y esos defectos suelen dar lugar a daños en los primeros años de vida.
Cuando un edificio antiguo colapsa sin intervención exterior, en general es debido a la acumulación de deformaciones en el tiempo con la manifestación de fisuras y grietas o a movimientos del terreno o a una sobrecarga imprevista y accidental.
También puede ser debido a un envejecimiento o deterioro de los materiales que lo constituyen (corrosión del acero, por ejemplo) que debilita su capacidad resistente.
Es el caso específico de balcones, cerramientos clandestinos y otros los que provocan resistencia en la estructura y la envejecen prematuramente. Sobrecargar un balcón es un detonante para que el edificio en cualquier momento colapse.
¿Qué deducciones es necesario extraer de la observación de los colapsos de estructuras? La necesidad de que se realice un informe técnico consensuado, por técnicos especialistas, a través de una inspección detallada de la estructura que se vaya a rehabilitar. Y ningún propietario debe obviar este trámite sin estar prolijamente asesorado. Es imprescindible concientizar a los habitantes de un edificio, para que realicen inspecciones en edificios defetuosos.
¿A quién corresponde la responsabilidad asumida frente a una tragedia? Sobre los daños irreparables y delitos. La misma se extenderá indistintamente al arquitecto, director de obra y al proyectista según las circunstancias y tiempos. Si el siniestro fuera ocasionado por la falta de mantenimiento y conservación edilicia, se podrá demandar al administrador y/ o Consejo de Administración para perseguir una indemnización integral basada en el derecho civil que no tiene límite máximo.
En el rubro de la construcción, esta decisión es gravísima, porque además de afectar a las empresas constructoras involucra a los profesionales arquitectos, ingenieros y técnicos que ejercieron la representación o conducción técnica, la dirección ejecutiva de obras, o que inadvertidamente firman planos como constructores, o figuran en carteles de obras a los fines de auxiliar a los comitentes o dar cumplimiento con disposiciones municipales. El damnificado irá contra cualquiera de ellos en la búsqueda de un resarcimiento frente a pérdidas sin límites de topes económicos.
En la mayoría de los casos las estructuras de los edificios no colapsan por una causa única. Los elevados coeficientes de seguridad que se adoptan en el proyecto hacen que los colapsos sólo se produzcan cuando coinciden varias causas concurrentes. ¿Qué entonces? La falta de mantenimiento, junto con el incumplimiento de las leyes municipales que obligan a la conservación edilicia son las causales más comunes.
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8 Comments
Buenas noches una consulta que puedo hacer mi vecino ha construido y no ha respetado los 5 cm de separación entre su casa y la mía ya construyó que puedo hacer su respuesta porfavor
Hola Noelia si el vecino ya construyó deberá reclamarle a través de un medio fehaciente o hacer la denuncia en el municipio
Saludos, Team de Arquitectos de Abogados
Tengo un departamento que tiene la pared que lindera con otro de otro edificioel cual esta cerrado por orden judicial. Ese dpto tiene patio de tierra y por ahi se filtra el agua cuando llueve a la pared de mi dpto que es un patio. Que profesional podria darme una opinión sobre esto con firma y sello para poder adjubtar a un expte que ya hemos iniciado.Gracias por la posible contestación sobre el caso
Holoa Beatriz puede dejarnos su consulta completando el siguiente formulario y le responderemos más personalizadamente a la brevedad:
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Saludos, Team de Arquitectos de Abogados
Hola ,hace poco compré un lote 9×25 y contrato el servicio de un agrimensor, y este cuando mide me informa que el pilar y la medianera del vecino está en mi terreno ,el terreno de mi vecino y el mío era de una solo dueña que nos vendió y puede ser que como era de ella hizo las divisiones como quiso ,pero bueno en la escritura tengo unas medias en la cual el también las tiene y se nota que el tiene más de 9 metro ,que puedo hacer!?gracias
Hola Renzo con el informe del agrimensor debe reclamar a quien le vendió el terreno, ya que no tiene las medidas que Ud compró. Verifique qué dice el plano y la plancheta municipal.
Saludos, Team de Arquitectos de Abogados
,cuando nos entregsron la casa solo.dieron un salon ,y el baño y la cocina al aire libre ,yo en la parte de atras a los lados y atras hice los cimientos ,columnas y paredes y encerre mi antejardin la vecina del lado ,no echo cimientos ,etc .ademas se corrio un metro adelante de la fachada y coloco una columna sosteniendose con el metro que yo corri de mi pared ,y tampoco levanto muro de antejardin .es legal que ella haga mejoramiento de vivienda sostenida con mi pared
Es legal que ella haga mejoramiento interno sostenida de mi pared ,cimientos y columnas .
Que consecuenciales legsles hay ? Ella lo puede hacer sin con sentimiento mio
Hola Alba si Ud levantó las paredes dentro de su terreno, la vecina debe levantar las propias. Debería consultar en su municipio o hacer allí la denuncia
Saludos, Team de Arquitectos de Abogados