La patología y el colapso de los edificios

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Son varios los motivos por lo cual se producen derrumbes en los edificios y no siempre la culpa se debe a las falencias en la construcción, sino, en el caso de los balcones influye mucho la sobrecarga.

En los últimos meses se derrumbaron partes de estructuras de varios edificios, más precisamente en la Ciudad de Buenos Aires, con pocas semanas de diferencia, lo que creó cierta alarma.

Hace tiempo que se viene colaborando con entidades públicas y privadas en la averiguación de las causas que producen la patología y el colapso de los edificios.

Las causas inductoras del fallo pueden ser variadísimas y cuando se trata de un edificio en rehabilitación, su relación con las obras es frecuentemente significativa.

Un edificio puede mantenerse en pie y operativo a lo largo de todo el período previsto de vida útil, sin colapsar, aunque tuviera ciertos defectos de construcción. Y esos defectos suelen dar lugar a daños en los primeros años de vida.

Cuando un edificio antiguo colapsa sin intervención exterior, en general es debido a la acumulación de deformaciones en el tiempo con la manifestación de fisuras y grietas o a movimientos del terreno o a una sobrecarga imprevista y accidental.

También puede ser debido a un envejecimiento o deterioro de los materiales que lo constituyen (corrosión del acero, por ejemplo) que debilita su capacidad resistente.

Es el caso específico de balcones, cerramientos clandestinos y otros los que provocan resistencia en la estructura y la envejecen prematuramente. Sobrecargar un balcón es un detonante para que el edificio en cualquier momento colapse.

¿Qué deducciones es necesario extraer de la observación de los colapsos de estructuras?
La necesidad de que se realice un informe técnico consensuado, por técnicos especialistas, a través de una inspección detallada de la estructura que se vaya a rehabilitar. Y ningún propietario debe obviar este trámite sin estar prolijamente asesorado. Es imprescindible concientizar a los habitantes de un edificio, para que realicen inspecciones en edificios defetuosos.
¿A quién corresponde la responsabilidad asumida frente a una tragedia? Sobre los daños irreparables y delitos. La misma se extenderá indistintamente al arquitecto, director de obra y al proyectista según las circunstancias y tiempos. Si el siniestro fuera ocasionado por la falta de mantenimiento y conservación edilicia, se podrá demandar al administrador y/ o Consejo de Administración para perseguir una indemnización integral basada en el derecho civil que no tiene límite máximo.

En el rubro de la construcción, esta decisión es gravísima, porque además de afectar a las empresas constructoras involucra a los profesionales arquitectos, ingenieros y técnicos que ejercieron la representación o conducción técnica, la dirección ejecutiva de obras, o que inadvertidamente firman planos como constructores, o figuran en carteles de obras a los fines de auxiliar a los comitentes o dar cumplimiento con disposiciones municipales. El damnificado irá contra cualquiera de ellos en la búsqueda de un resarcimiento frente a pérdidas sin límites de topes económicos.

En la mayoría de los casos las estructuras de los edificios no colapsan por una causa única. Los elevados coeficientes de seguridad que se adoptan en el proyecto hacen que los colapsos sólo se produzcan cuando coinciden varias causas concurrentes. ¿Qué entonces? La falta de mantenimiento, junto con el incumplimiento de las leyes municipales que obligan a la conservación edilicia son las causales más comunes.

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