La Justicia ratificó un amparo vecinal y ordenó la clausura parcial del local de la avenida Cabrera 4400.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata rechazó una apelación y confirmó una acción de amparo contra el boliche de la avenida Cabrera al 4400, por emitir ruidos molestos en perjuicio del vecindario.
La resolución, dispuesta por los jueces Elio Riccitelli y Roberto Mora –a la que tuvo acceso «La Nueva.»–, favoreció a la Asociación Civil Barrio Molina Campos, ubicada frente al local, conocido como Pajas Bravas.
De esta manera, la Justicia le ordenó a la Municipalidad que clausure el sector 8, conocido como globa o carpa, hasta tanto la firma que explota el lugar, Toutatis S.A., presente el informe de aislación acústica previsto en la ordenanza 10.480.
Dicha norma, en su artículo 7, se refiere a que los espacios de esparcimiento público, para no producir ruidos molestos, deberán presentar un informe técnico avalado por profesionales de incumbencia, visado por colegio profesional, “donde se evalúe la realización de obras como aislación acústica de aberturas, techos, paredes, desvinculación de plateas o las que resultasen necesarias, a fin de lograr el control en la propagación de ruidos y/o vibraciones al exterior».
Los vecinos afirmaron que la globa o carpa estaba habilitada para emitir música hasta 90 decibeles y no contaba con obras de aislación, a los efectos de evitar y controlar la irradiación de ruidos y vibraciones al exterior.
También indicaron que Pajas Bravas prescindió de formalizar ante la comuna el informe técnico de rigor y que la falta de control municipal “lesiona el derecho a un medio ambiente saludable”.
La Cámara adhirió al planteo, desestimó el recurso de apelación y consideró que tanto Toutatis S.A. como la comuna “incurrieron en omisiones que menoscababan el derecho a un medio ambiente sano que asiste a los vecinos”.
Fuente: www.lanueva.com
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